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Cómo solicitar su expediente de inmigración a USCIS con FOIA

Publicado el 13 de octubre de 2026Tiempo de lectura: ~6 min
Última actualización: 13 de octubre de 2026

Usted solicita su expediente de inmigración a USCIS mediante una solicitud de la Ley de Libertad de Información (FOIA) o de la Ley de Privacidad, y USCIS indica que debe presentarla en línea. Una alerta en su página dice: "A partir del 22 de enero de 2026, todas las solicitudes de la Ley de Libertad de Información (FOIA)/Privacidad de registros de USCIS deben presentarse en línea. Para garantizar un procesamiento oportuno, debe presentar su solicitud FOIA en línea en first.uscis.gov después de crear una cuenta de USCIS." Puede solicitar sus propios registros, o los de otra persona con su permiso por escrito. Solicitar los documentos específicos que necesita es más rápido que pedir un expediente completo.

Qué le otorgan FOIA y la Ley de Privacidad

FOIA y la Ley de Privacidad son las leyes que las personas usan para solicitar a una agencia federal sus registros. En su página de registros, USCIS enumera lo que puede solicitar: sus propios registros de inmigración, los registros de otra persona si cuenta con su permiso por escrito, y "políticas, datos, comunicaciones y otros registros de la agencia". Este artículo trata sobre lo primero, su propio expediente.

Es posible que haya visto el término A-File. La página de USCIS menciona los A-Files pero no define el término, así que este artículo tampoco lo define. Nuestro glosario tiene una entrada en lenguaje sencillo si desea una.

Dónde presentar la solicitud

USCIS opera un sistema en línea en first.uscis.gov. La página indica que usted presenta su solicitud FOIA allí después de crear una cuenta de USCIS, y que "el envío en línea es generalmente el único método aceptable para presentar una solicitud". Si aún no tiene una cuenta, primero debe crear una. La página agrega que puede recibir respuestas en línea incluso si no presentó una solicitud de beneficios de inmigración en línea, si tiene un representante (que puede solicitar sus registros a través de su propia cuenta en línea de USCIS), o si anteriormente solicitó sus registros por correo postal, correo electrónico o fax. Nuestra guía sobre agregar un caso presentado en papel a una cuenta en línea muestra cómo funciona el lado de la cuenta.

Qué solicitar

USCIS da un consejo directo sobre este punto: "Procure solicitar únicamente los documentos específicos que necesita". Su página indica que las solicitudes de registros precisos se procesan más rápido que las solicitudes de un expediente completo. También indica que grandes porciones de un A-File, y los registros que no son A-File, "requieren más tiempo en comparación con documentos específicos".

Una forma práctica de usar ese consejo es decidir para qué necesita realmente el expediente. Si necesita un aviso, una decisión o un conjunto de resultados de exámenes, nómbrelo. Si necesita todo, espere una solicitud más larga. USCIS no indica un tiempo de procesamiento en esta página, así que este artículo tampoco lo indica.

Una solicitud por persona

USCIS indica que para más de una persona, "debe presentar una solicitud por separado para el registro de cada persona". Una familia no puede agrupar a todos en una sola solicitud: USCIS dice que "rechazará las solicitudes únicas que abarquen a varias personas" y le indicará que las vuelva a presentar por separado.

Si tiene una audiencia en la corte de inmigración

Si desea un A-File lo antes posible porque tiene una audiencia programada con un juez de inmigración, la página de USCIS incluye esto como un caso en el que "priorizará su solicitud para entregarla más rápido". Debe incluir una copia de un documento que le haya enviado el Departamento de Seguridad Nacional o el Departamento de Justicia: Formulario I-862, Aviso de Comparecencia; Formulario I-122, Orden de Mostrar Causa; Formulario I-863, Aviso de Remisión al Juez de Inmigración; o un aviso por escrito de continuación de una audiencia futura programada. Si se encuentra en esta situación, un abogado de inmigración es la persona adecuada a quien preguntar sobre los plazos.

Qué sucede después de presentar

  • Si USCIS no puede continuar. USCIS indica que lo "notificará lo más rápido posible" si no tiene los registros o si la solicitud se hizo incorrectamente.
  • Cuando sus archivos estén listos. USCIS dice: "Le enviaremos un correo electrónico para que revise su cuenta cuando sus archivos estén listos para descargar". La página indica que las respuestas en línea se pueden descargar o imprimir.
  • Consultar el estatus. USCIS indica que puede consultar el estatus de una solicitud pendiente en línea, ya sea que la haya presentado en línea o de otra manera, y que necesitará el número de control FOIA incluido en su mensaje de recibo.
  • Si no está de acuerdo con el resultado. USCIS dice: "Si no está satisfecho con nuestra decisión sobre su solicitud, puede presentar una apelación administrativa". La página también menciona que la Oficina de Servicios de Información Gubernamental (OGIS) ofrece mediación.

Registros que USCIS no posee

Algunos registros que quizá desee están en manos de otras agencias. La página de USCIS enumera estos ejemplos:

AgenciaRegistros que enumera la página de USCIS
Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP)Registros de aprehensión, detención, deportación, entrada, salida, expulsión expedita, investigaciones de antecedentes o inspecciones; registros del Formulario I-94; datos de reservas de la industria de viajes, como un registro de nombre de pasajero; registros de retorno voluntario
Departamento de Estado de EE. UU.Solicitudes de pasaportes estadounidenses presentadas por ciudadanos estadounidenses; solicitudes de visa presentadas por extranjeros para ingresar a Estados Unidos
Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (ICE)Solicitudes de obligados de fianza; registros médicos mientras alguien estuvo detenido por ICE; Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio que afecta a quienes estuvieron o están actualmente en estatus F-1, F-3, J-1, M-1 e I-20

Para cada uno de estos, la página de USCIS indica que debe comunicarse con la agencia mencionada.

Otros puntos de la página

La página también le indica que confirme que USCIS no haya publicado ya los registros que necesita en la Sala de Lectura Electrónica de USCIS, y que lea toda la página primero para que solicite los registros de la manera correcta a la agencia correcta. Para registros con más de 100 años de antigüedad, indica que los solicite a través del Programa de Genealogía de USCIS. Para registros accesibles conforme a la Sección 508 de la Ley de Rehabilitación, indica que envíe un correo electrónico al Programa FOIA de USCIS con el asunto "FOIA Disability Accommodations", su nombre, un número de teléfono y su número de control FOIA.

Lo que esta página no dice

La página de USCIS no indica una tarifa para una solicitud FOIA, no describe vías de procesamiento separadas y no describe un formulario de verificación de identidad. Por lo tanto, este artículo no hace ninguna declaración sobre ninguno de esos puntos. Si necesita saber sobre el costo, los pasos de identidad o los plazos para su propia solicitud, lea la página vigente de USCIS y las instrucciones dentro del sistema FIRST.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar mi propio expediente en línea?

Sí, y en línea es como USCIS indica que se debe hacer. Su alerta dice que todas las solicitudes FOIA y de la Ley de Privacidad de registros de USCIS deben presentarse en línea, a partir del 22 de enero de 2026, en first.uscis.gov después de crear una cuenta de USCIS.

¿Puedo solicitar el expediente de otra persona?

La página de USCIS enumera los registros de inmigración de otra persona como algo que puede solicitar "si cuenta con su permiso por escrito". USCIS indica que debe presentar una solicitud por separado para el registro de cada persona.

¿Es más rápido solicitar documentos específicos?

USCIS indica que procure solicitar únicamente los documentos específicos que necesita, y que las solicitudes de registros precisos se procesan más rápido que las solicitudes de un expediente completo.

¿USCIS posee mis registros del I-94 o de solicitud de visa?

La página de USCIS indica que se comunique con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. para los registros del Formulario I-94, y con el Departamento de Estado para las solicitudes de pasaportes estadounidenses presentadas por ciudadanos estadounidenses y las solicitudes de visa presentadas por extranjeros para ingresar a Estados Unidos.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el resultado?

USCIS dice: "Si no está satisfecho con nuestra decisión sobre su solicitud, puede presentar una apelación administrativa", y que las instrucciones están en la carta de determinación final. También indica que la Oficina de Servicios de Información Gubernamental (OGIS) ofrece mediación entre los solicitantes de FOIA y las agencias federales.

Fuentes oficiales

GreenLight no está afiliado a USCIS ni al gobierno de EE. UU. Este artículo es solo para fines informativos y no constituye asesoramiento legal.

Aviso: GreenLight no está afiliada con USCIS, el DHS ni ninguna agencia del gobierno de Estados Unidos. El contenido de esta página no constituye asesoría legal. Para obtener orientación sobre su situación específica, consulte a un abogado de inmigración calificado.

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