I-130Inmigración Familiar

Cronograma de I-130: ¿Cuánto tarda la Petición de Familiar Extranjero?

El Formulario I-130 es presentado por un ciudadano estadounidense o residente permanente legal para establecer que existe una relación familiar calificada con un familiar nacional extranjero. La aprobación no otorga una visa ni una Tarjeta Verde. Simplemente reserva un lugar en la fila.

Referencia de tiempo

No hay una estimación universal de GreenLight. Use el selector oficial de USCIS para la categoría exacta de la petición, y verifique el Boletín de Visas por separado cuando se apliquen límites de categoría de preferencia.

Desglose etapa por etapa

1
Petición presentada

El peticionario ciudadano estadounidense o residente permanente legal presenta el I-130 con documentación de respaldo que demuestre la relación familiar.

El tiempo para recibir el recibo varía; siga su cuenta de USCIS y el aviso por correo
2
Adjudicación de USCIS

USCIS revisa la petición, verifica los documentos y puede emitir una Solicitud de Evidencia (RFE) si falta algo.

Use el selector oficial de USCIS para la categoría de petición y la oficina exactas
3
Aprobación de USCIS

USCIS aprueba la petición y transfiere el caso al Centro Nacional de Visas (NVC) si el beneficiario está fuera de los EE. UU., o el caso espera una fecha de prioridad si el beneficiario ajustará su estatus dentro de los EE. UU.

El aviso de aprobación y las instrucciones específicas del caso para la siguiente etapa rigen
4
Procesamiento en el NVC (solo casos consulares)

El Centro Nacional de Visas cobra las tarifas, los documentos y la declaración jurada de sostenimiento. Una vez completado, el caso se envía al consulado de los EE. UU.

Siga la guía actual del Departamento de Estado y del NVC específica para el caso
5
Entrevista consular o Ajuste de Estatus

El beneficiario asiste a una entrevista de visa en un consulado de los EE. UU. en el extranjero O, si ya está en los EE. UU., espera a que su fecha de prioridad esté al día y luego presenta el formulario I-485.

Varía ampliamente

Aspectos importantes a considerar

  • 1Las tarifas de presentación varían según el método de presentación y pueden cambiar. Verifique el monto actual y cualquier tarifa adicional o exención en el Formulario G-1055 de USCIS inmediatamente antes de presentar la solicitud.
  • 2Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuge, hijos solteros menores de 21 años, padres) no tienen espera por número de visa. La aprobación de su I-130 conduce directamente al proceso de la Tarjeta Verde.
  • 3Las categorías de preferencia familiar (hermanos, hijos casados, hijos adultos, cónyuges/hijos de residentes permanentes legales) están sujetas a límites anuales y por país. Use el Boletín de Visas actual en lugar de una estimación de retraso genérica.
  • 4La aprobación del I-130 NO otorga estatus migratorio, visa ni derecho a vivir o trabajar en los EE. UU. Simplemente establece la relación familiar y reserva una fecha de prioridad.
  • 5La fecha de prioridad es la fecha en que USCIS recibe su petición I-130. Esta fecha determina su lugar en la fila en el Boletín de Visas.
  • 6Si el beneficiario ya se encuentra en los EE. UU. con estatus válido, es posible que pueda presentar el formulario I-485 (Ajuste de Estatus) simultáneamente con el I-130 si es un familiar inmediato.

Formularios relacionados

I-485Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de EstatusI-765Solicitud de Autorización de Empleo

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre un familiar inmediato y una categoría de preferencia?
Los familiares inmediatos (cónyuges de ciudadanos estadounidenses, hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses y padres de ciudadanos estadounidenses) están exentos de los límites anuales de números de visa. La aprobación de su I-130 conduce a un proceso rápido de Tarjeta Verde. Las categorías de preferencia (hermanos, hijos adultos, familiares de residentes permanentes legales) están limitadas por el Congreso y deben esperar a que un número de visa esté disponible en el Boletín de Visas.
¿Cuánto tiempo toma el I-130?
GreenLight no publica un rango de tiempo para I-130 escrito por autores. Use el selector oficial de tiempos de procesamiento de USCIS para la categoría de petición y oficina exactas. Para categorías de preferencia, consulte el Boletín de Visas actual por separado para verificar la disponibilidad de números de visa.
¿Qué sucede después de que se aprueba el I-130?
Si el beneficiario está fuera de los EE. UU., el caso se envía al Centro Nacional de Visas (NVC) para el procesamiento de la visa de inmigrante. Si el beneficiario está dentro de los EE. UU. con estatus válido, puede presentar el I-485 para ajustar su estatus: inmediatamente para familiares inmediatos, o una vez que su fecha de prioridad esté al día para categorías de preferencia.
¿El beneficiario debe esperar la aprobación del I-130 antes de presentar el I-485?
No siempre. Los familiares inmediatos que ya están en los EE. UU. pueden presentar el I-485 simultáneamente con el I-130 en el mismo paquete. Esto se llama presentación concurrente y suele ser la vía más rápida para obtener una Tarjeta Verde en esa categoría.
¿Qué es el Boletín de Visas?
El Boletín de Visas es una publicación mensual del Departamento de Estado de los EE. UU. que muestra qué fechas de prioridad son actualmente elegibles para un número de visa. Si su fecha de prioridad es anterior a la fecha límite que se muestra para su categoría y país, su número de visa está "al día" y puede continuar con su visa de inmigrante o presentar el I-485.

Estatus a monitorear

A medida que su I-130 avanza por las etapas, es posible que vea las siguientes actualizaciones de estatus en my.uscis.gov. Haga clic en cualquier estatus para conocer su significado.

Caso recibidoCaso aprobado
Tiempos de procesamiento de I-130Vea las estimaciones actuales de USCIS por centro de servicioVea cronogramas realesDatos de la comunidad — conozca los tiempos de espera reales
Página oficial de USCIS para I-130
Obtenga el formulario, las instrucciones y las tarifas de solicitud directamente de USCIS.
uscis.gov →

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